18 noviembre 2010

EL BUQUE

BUQUE, DEFINICIÓN

El buque se puede definir como un artefacto que flota y que se desplaza por sí mismo de un lugar a otro por mar.
Debe reunir las siguientes características:
Flotabilidad
Aptitud para navegar
Capacidad para transportar personas o cosas
Efectiva destinación a la navegación

TIPOS DE BUQUES Y SUS CARGAS

Las categorías de buques por excelencia son: pasaje, carga, pesca y guerra, nos centraremos básicamente en los buques de carga
Los buques de carga pueden clasificarse de distintos modos:

a) Transporte por mar y océanos
b) Los distintos buques en relación con su carga

A) En el transporte por mar y océanos existen tres grandes grupos de buques:

a.1 ) Oceánicos, en los que se incluyen:

los de pasajeros, ya sean de línea regular o cruceros
los mixtos que combinan pasaje y carga
los de carga, que a su vez pueden ser tramps (cargan cualquier mercancía en cualquier punto de demanda), líneas regulares, petroleros (carga líquida a granel), bulk carriers o graneleros, portacontenedores, gaseros, quimiqueros y frigoríficos.

a.2 ) Mar y cabotaje, que pueden ser:

cruza canales-feries
mixto, de pasaje y carga
simplemente de carga

a.3) Auxiliares, que se dividen en función de sus actividades

Cableros
Dragas: se utilizan para limpiar o excavar en las áreas portuarias o canales.
Remolcadores: trasladan a otros buques
Rompehielos
Faros
Perforadoras

B) Atendiendo a la CARGA existen los siguientes tipos de buques:

Tradicional Cargo liner: dejó de construirse en 1970
Buque portacontenedores
Buques ro-ro (roll on/roll of)
Barge Carrier (buque portabarcazas)
Buques multipropósito
Petroleros
ORE/OIL/Carrier
Tweendeck tramp o twendecker (buque vagabundo)
Bulkcarrier graneles secos
OBO (Oil Bula Ore carrier) carguero de mineral, grano y crudo.
Reefer o refrigerado.

DOCUMENTOS DEL BUQUE

A) Documentos obligatorios del buque

Patente de navegación
Certificado de arqueo
Licencia de estación de barco
Certificado internacional de francobordo
Certificado de anclas y cadenas
Certificado de navegabilidad
Certificado de seguridad de construcción
Certificado de seguridad de equipo para buque de carga
Certificado de reconocimiento de la balsa de salvamento
Certificado de reconocimiento de material náutico
Certificado de seguridad radiotelegáfica para buque de carga
Certificado de medios de carga
Certificado internacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos
Cuaderno de enrolamiento de la tripulación

B) Documentos facultativos

Certificado de seguro
Certificado de clasificación
Certificado internacional de francobordo
Registro de inspección de francobordo
Certificado de responsabilidad financiera por contaminación de las aguas
Servicio de guardacostas de los EEUU
Certificado de inclusión de la tripulación en las contingencias de accidentes de trabajo
Pólizas de seguros de cascos y máquinas.

ABANDERAMIENTO

La nacionalidad del buque viene indicada por su abanderamiento, el pabellón que enarbole el buque implicará la aplicación de la legislación a la que esa bandera pertenezca para todas las cuestiones jurídicas que en el buque puedan tener lugar. Sin embargo, es preciso tener en cuenta que si ese Estado ha ratificado determinados convenios internacionales, éstos, como parte de su legislación interna, también se aplicarán sobre el buque en su caso.
Antiguamente existía un lazo coincidente entre la bandera del buque y la nacionalidad de la empresa naviera que lo explotaba. Hoy en día, el cambio de bandera es muy fácil y rápido en determinados paraísos fiscales, se ha roto aquel vínculo nacional entre pabellón y empresa naviera y han aparecido las banderas de conveniencia cuyo único fin es aminorar costos en el negocio del transporte marítimo. Las consecuencias negativas, en muchos casos, de los pabellones de conveniencia afectan principalmente a la seguridad marítima y a las condiciones laborales de la tripulación que en muchas ocasiones no alcanzan los mínimos establecidos por la OIT
El efecto del abanderamiento de la inscripción del buque en el registro administrativo será nexo legal del buque con un Estado, de manera que la legislación del país cuya bandera enarbole el buque le será de total aplicación.

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